El ejercicio docente no está
exento de complicaciones para quién, según la ley, es considerado ya una
autoridad. En el caso del profesorado, la presunción de inocencia de nuestra
imparcialidad, profesionalidad y saber hacer chocan con aquello de “el cliente
siempre tiene la razón”, en esta ocasión, el alumno o alumna que impugna un
examen.
En las pruebas de acceso a la
universidad de la Comunidad Valenciana existen dos modalidades de reclamación:
la revisión (para comprobar que se han sumado bien todas las preguntas) y la
segunda corrección (en que se solicita que otro profesor vuelva a corregir el
examen). Personalmente, como miembro de las PAU en años anteriores, me he
encontrado con la ingrata tarea de tener que someter a segunda corrección un
examen previamente evaluado por un compañero y cuya nota no era del agrado del
alumno. En otros casos, han sido alumnos míos los que han pedido una segunda
corrección al considerar que la nota estaba muy por debajo de sus capacidades. En
ambos casos, tanto si se solicita revisión como corrección, siempre se advierte
al alumnado de que la nota puede incluso reducirse, pero quizás se ha podido
producir un error al efectuar el recuento de las partes y, con una simple
revisión, se detecta el fallo y se subsana. Si tras revisarlo se comprueba que
no es ningún error y que, en efecto, el alumno ha realizado un examen peor de
lo que esperaba, la nota se queda como está, e incluso si hubiera un error a la
baja, en la práctica no se le descuenta más al examen puesto que normalmente ya
suele está suspendido.
Ahora bien, cuando el alumno no
pide una revisión sino una nueva corrección, entonces se han de aplicar los
criterios que objetivamente se habían propuesto, y si la nota es menor, o
incluso significativamente menor, no hay más remedio que bajarla. En nuestra
materia, por ejemplo, la que estudia la lengua castellana y su literatura, la ortografía
suele estar sancionada en caso de no ajustarse a la norma, y este nivel de 2º
de bachillerato se pueden descontar hasta tres puntos del total de la prueba. En
ocasiones, he corregido exámenes reclamados -suspendidos- a los que no se les
había descontado la ortografía, porque ya de por sí estaban suspendidos y,
quizá, el corrector no quiso hacer más sangre.
Al margen de la prueba selectiva,
también en los centros educativos de secundaria pueden solicitarse
reclamaciones de notas. La diferencia es que, en algunos casos, lo que se pone
en duda ya no es una equivocación simple en la corrección (no sumar una
pregunta), sino una mala praxis y un error en la aplicación de los criterios de
calificación. Lo que se cuestiona ya no es la nota del examen, sino la
capacidad del profesor, que es a quien de verdad se sitúa bajo la lupa, y la
presunción de inocencia se pierde en formulismos y protocolos. Al docente se le
exige entonces que aporte una documentación extensísima y que revise toda la
información proporcionada al alumno (porcentajes, criterios de evaluación,
estándares de aprendizaje, indicadores de logro por contenidos... y toda la
nomenclatura que condensa la LOMCE exquisitamente abigarrada).
En concreto, hace unos días un
par de compañeros se vieron en la penosa obligación (no reconocida ni
remunerada, ni compensada en modo alguno), de instruir un procedimiento de
reclamación de sendos exámenes de 4º de ESO y de 2º de Bachillerato en los que,
a fin de cuentas, ya no se evaluaba si la alumna o alumno en cuestión había
respondido correctamente y se había ajustado a las preguntas, sino que se cuestionaba
la programación didáctica del departamento, se enjuiciaba si las preguntas
tenían indicado no solo el valor concreto sino también la penalización por cada
error y otra serie de circunstancias que no valoraban si, en definitiva, el
examen merecía un aprobado o un suspenso, sino cuestiones ajenas al examen (si
en la segunda corrección estaba o no presente el jefe de estudios, por ejemplo),
como vía única para superar la materia a toda costa.
No cuesta imaginar a ese docente,
con un alumno que no merece aprobar ni aplicando los criterios y toda la
propuesta docente descrita en la programación, ni tampoco por su actitud, por
la adquisición de competencias, ni por el interés, ni por ninguna razón. Quizá
no es el caso de este alumno y era realmente injusto que suspendiera, pero,
según me cuentan los profesores de esta 3ª corrección (porque la 2ª ya la hizo
otro profesor del mismo centro y esta tercera se encarga a un centro distinto),
los exámenes afectados no solo no estaban mal evaluados, sino que, además,
estaban calificados al alza. Pero no importa, quien es obligado a dar
explicaciones, a presentar documentación, a aclarar sus criterios (publicados y
refrendados en la programación y, por tanto, no particulares, ni aleatorios) es
el docente.
Por desgracia, con demasiada
frecuencia somos el foco de atención: no motivamos, no innovamos, somos los
responsables del fracaso escolar, no atendemos a la diversidad ni aplicamos la
metodología más adecuada... En realidad, podríamos identificarnos con los
entrenadores deportivos, nunca somos lo suficientemente buenos: cuando el
pupilo va bien, triunfa, es que es un genio, y solo nos acordamos del maestro o
del preparador cuando no se consiguen los objetivos.
Los docentes no somos infalibles
y no todos tenemos la misma vocación, ni nos implicamos lo mismo en nuestra
tarea, pero de ahí a cuestionarnos, a ponernos siempre bajo la lupa de la
sospecha, de la duda y de la falta de profesionalidad, hay un largo camino. Deberíamos
empezar a ser considerados de verdad una autoridad, alguien que sabe lo que
hace, un guía, y ser respetados y mejor valorados.
Marta Montañez (18-20/10/2019)
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